Respuestas relacionadas con Gestiones PDF Imprimir E-mail
1. ¿Qué diferencias existen entre una sociedad y una persona física a la
hora de crear una empresa?
Las diferencias esenciales son las siguientes:
• Trámites administrativos: las personas físicas sólo han de realizar los trámites
administrativos correspondientes al ejercicio de la actividad. Las sociedades, además, han
de realizar los trámites pertinentes para adoptar la personalidad jurídica.
• Capital mínimo para la constitución: las personas físicas no necesitan aportar un capital
mínimo. Las sociedades sí, salvo excepciones como la sociedad cooperativa o la
colectiva.
• Responsabilidad frente a terceros: las personas físicas dirigen la empresa y asumen el
riesgo directamente, sin diferencias entre el patrimonio social e individual y, por lo tanto, la
responsabilidad frente a terceros es ilimitada. En las sociedades se diferencia entre el
patrimonio de la sociedad y el de los socios y/o socias y, además, la responsabilidad
frente a terceros está sujeta únicamente a la aportación de capital.
• Tributación de los beneficios: las personas físicas tributan por actividades
empresariales o profesionales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(I.R.P.F.). Las sociedades tributan en el Impuesto sobre Sociedades (I.S.) con un tipo
general del 35% sobre los beneficios.

2. ¿Qué tipos de sociedades existen en la legislación española?
Las sociedades son agrupaciones voluntarias de varias personas que, bajo una misma
denominación o razón social, constituyen un fondo patrimonial común, integrado por
aportaciones de las mismas, que puede consistir en:
• Capital.
• Bienes.
• Industria.
Sin embargo, de manera excepcional, la legislación vigente ofrece la posibilidad de que existan
sociedades unipersonales (formadas por una sola persona) como en las limitadas y anónimas.
Los tipos de sociedades son los siguientes:
• Sociedades Mercantiles:
Última actualización el Martes, 17 de Noviembre de 2009 01:00
 

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