Información sobre huelga general 29/09/10 PDF Imprimir E-mail
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Ante la Huelga General Convocada para el próximo día 29, es importante que la empresa comunique a los trabajadores su postura y recoja de estos a su vez la decisión de secundar o no la huelga, de acuerdo con los derechos contemplados en la legislación vigente.


Por tal motivo adjuntamos ejemplo de modelo básico de comunicado y ejemplo del calculo de retribución del trabajador que decide secundar la huelga de acuerdo con sus derechos, habiendo decidido la Empresa que no seguira la Huelga Convocada.

Ejemplo de Comunicación en Participación

Datos de la Empresa ( . . . . . )

Fecha

Ref.: Huelga Convocada y Recogida de la decisión del Trabajador

Ante la Huelga convocada el próximo día 29 de Septiembre y habiendo decidido esta empresa no secundar la Huelga y por lo tanto considerar ese día como jornada laboral normal. Le rogamos que como trabajador nos comunique de acuerdo con el derecho que le otorga la legislación vigente,  su decisión de adherirse  o no a la Huelga convocada.

Para que como empresa podamos tomar las medidas oportunas y organizar nuestra actividad para esa jornada de acuerdo con lo establecido en la normativa legal vigente.

Nombre de Trabajador ( . . . . . . .), como trabajador les comunico mi decisión de ( asistir / no asistir al puesto de trabajo), en la Huelga del próximo día 29 a los efectos de lo previsto en la legislación laboral.

Firma del Trabajador                                                                            Firma de la Empresa

Calculo de la Retribución de un Trabajador que participa en una Huelga Legal "ejemplo" Planteamiento
El empleado X, presta servicios por cuenta ajena, con contrato indefinido y con la categoría profesional de oficial administrativo. El día 29 de Septiembre de 2010, día laborable, participa en una huelga legal convocada por el sindicatos.

Durante el mes de Septiembre de 2010 percibe las siguientes retribuciones conforme a lo dispuesto en el convenio colectivo:

- Salario base: ......................... 45 Euros/día

- Plus de ayuda escolar: ........... 3 Euros/día

- Plus de distancia: .................. 4 Euros/día efectivamente trabajado.

- Dos pagas extraordinarias de 30 días de salario base cada una.

En la empresa tienen la consideración de días laborables todos los días de lunes a viernes, siendo el sábado y el domingo días de descanso semanal.

En el mes de Septiembre hay 22 días laborables (incluyendo el día de la huelga ). Ninguno de los días de la semana en que tiene lugar la huelga es día festivo.

Calcular la retribución que percibe el trabajador el mes de Septiembre.

Solución 

La empresa descontará al trabajador la retribución correspondiente al día de huelga . Se pierde el salario base y el plus de distancia, que únicamente se percibe por días efectivamente trabajados, pero no procede descuento alguno por el plus de ayuda escolar, que se configura como un complemento extrasalarial previsto en el convenio colectivo. También habrá que calcular el descuento correspondiente del descanso semanal.

- Salario base: Al ser Septiembre un mes de 30 días y no incluirse el día de la huelga :

45 € X 29 días = 1.305 € mensuales

- Plus de ayuda escolar: La huelga no incide sobre este complemento extrasalarial, por lo que no procede descuento alguno por este concepto.

3 € X 30 días =90 € mensuales

- Plus de distancia: El plus se percibe por días efectivamente trabajados, por lo que de los 22 días laborables hay que descontar el día de la huelga .

4 € X 22 días = 88 € mensuales.

- Reducción de la retribución del descanso semanal:

Durante este período sólo se percibe el salario base y el plus de ayuda escolar pero no el plus de distancia que sólo corresponde por días efectivamente trabajados.

* Si hubiera trabajado todos los días:

5 días de trabajo ---------- 2 días de descanso semanal.

45 € (salario base/día) + 3 € (plus de ayuda escolar/día) = 48 €

48 € X 2 = 96 Euros

* Al haber participado en la huelga del día 10

5 días de trabajo ---------- 2 días de descanso semanal

4 días de trabajo ---------- X

X = 1,6 días de descanso semanal

45 € (salario base) X 1,6 = 72 Euros.

3 € (plus de ayuda escolar) X 2 (sin descuento proporcional) = 6 Euros;

72 € + 6 € = 78 Euros

El descuento durante el período de descanso será:

96 - 78 = 18 Euros

Retribuciones totales durante el mes de Septiembre:

- Salario base:  1.305 Euros

- Plus de ayuda escolar: 90 Euros

- Plus de distancia:  88 Euros

- Reducción del descanso semanal: .(18) Euros

- Total: 1.465 Euros.

 

La empresa descontará la cantidad correspondiente de la paga extraordinaria en el momento en que la misma deba hacerse efectiva.


Don Javier Núñez Sedeño, Asesor Socio-Laboral. Colaborador Social y Autorizado Red de la firma CESER ASESORES.

 

 

 

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